La actualización semestral de los parámetros del Impuesto a las Ganancias ya se encuentra vigente para el período enero–junio de 2026. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ajustó los valores en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del segundo semestre de 2025, que acumuló un 14,29%.
Este mecanismo de indexación busca preservar, al menos parcialmente, la progresividad del tributo en un contexto inflacionario, evitando que contribuyentes queden alcanzados únicamente por efectos nominales.
Piso salarial: a partir de qué nivel se paga el impuesto
El Impuesto a las Ganancias no alcanza a la totalidad de los trabajadores, sino que se activa cuando la remuneración supera determinados umbrales, definidos en función de la situación personal y familiar.
Para el primer semestre de 2026, los niveles de ingreso a partir de los cuales comienza la tributación son los siguientes:
- Trabajador soltero sin hijos: alcanza el impuesto desde una remuneración bruta superior a $2.998.725 mensuales (aproximadamente $2.488.942 netos).
- Trabajador soltero con un hijo: tributa a partir de un ingreso neto cercano a $2.692.757.
- Trabajador con dos hijos: el umbral neto se ubica en torno a $2.896.573.
- Contribuyente casado con dos hijos: el piso asciende a aproximadamente $3.300.726 netos.
Estos valores reflejan el efecto combinado de las deducciones personales y los aportes previsionales sobre la base imponible.
Deducciones personales: evolución y efecto sobre la base imponible
Las deducciones constituyen un componente central en la determinación del impuesto, ya que reducen la base sujeta a gravamen.
ARCA estableció valores acumulativos que evolucionan mes a mes durante el semestre. A modo ilustrativo:
- En enero de 2026:
- Ganancia no imponible: $429.316,88
- Deducción por cónyuge: $404.330,39
- Deducción por hijo: $203.905,29
- En junio de 2026:
- Ganancia no imponible: $2.575.901,25
- Deducción por cónyuge: $2.425.982,33
- Deducción por hijo: $1.223.431,74
Este esquema acumulativo incide directamente en la dinámica de las retenciones mensuales, ajustando progresivamente la carga fiscal a lo largo del período.
Escala progresiva: estructura de alícuotas
El impuesto se determina mediante una escala progresiva aplicada sobre la ganancia neta acumulada. Para el semestre en curso:
- Hasta $2.000.030,09: 5%
- Hasta $4.000.060,17: 9% sobre excedente
- Hasta $6.000.090,26: 12%
- Hasta $9.000.135,40: 15%
- Hasta $18.000.270,80: 19%
- Hasta $27.000.406,20: 23%
- Hasta $40.500.609,30: 27%
- Hasta $60.750.913,96: 31%
- Más de $60.750.913,96: 35%
Cada tramo combina un monto fijo acumulado con una alícuota marginal aplicada sobre el excedente, lo que refuerza la progresividad del sistema.
Impacto operativo: retenciones y ajustes
La publicación de las nuevas tablas tiene efectos inmediatos sobre las liquidaciones salariales:
- Ajusta las retenciones mensuales practicadas por el empleador
- Permite recalcular eventuales excesos retenidos
- Habilita reintegros en períodos posteriores cuando corresponde
Este mecanismo de compensación intraanual busca alinear la carga tributaria efectiva con los parámetros vigentes.
La actualización semestral del Impuesto a las Ganancias introduce ajustes relevantes en umbrales, deducciones y escalas, con impacto directo sobre el ingreso disponible de los trabajadores.
Desde una perspectiva práctica, resulta clave monitorear la evolución de las remuneraciones, validar las deducciones informadas y revisar periódicamente los recibos de sueldo. En un contexto inflacionario, la dinámica del impuesto exige una gestión activa para evitar desvíos entre la carga fiscal efectiva y la que corresponde según normativa.