La IGJ prorroga la moratoria para la presentación de estados contables e incorpora la presentación digital

18/06/2026

Mediante la Resolución General IGJ 6/2026, la Inspección General de Justicia prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen de regularización para la presentación de estados contables fuera de término e introdujo una modificación relevante: las presentaciones deberán realizarse a través del sistema de presentación digital.

La medida amplía el plazo para que las entidades alcanzadas regularicen su situación y extiende el universo de ejercicios comprendidos por el régimen.

¿Qué cambia con la nueva resolución?
Las principales novedades son:
  • Se prorroga la moratoria hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Se incorporan al régimen los estados contables con fecha de cierre hasta el 30 de junio de 2026.
  • Las presentaciones deberán efectuarse mediante el sistema de presentación digital.
  • Se mantiene suspendido, hasta el 31 de diciembre de 2026, el inicio o la tramitación de procedimientos sumariales por falta de presentación de estados contables.
¿Quiénes pueden adherir?
El régimen alcanza a:
  • Sociedades por acciones.
  • Sociedades de responsabilidad limitada comprendidas en el artículo 299, inciso 2), de la Ley General de Sociedades.
  • Sociedades constituidas en el extranjero inscriptas conforme al artículo 118, tercer párrafo, de la Ley General de Sociedades.
  • Asociaciones civiles y fundaciones.
En el caso de las fundaciones, deberá acompañarse además la documentación específica exigida por la normativa, incluyendo las actas aprobatorias del Consejo de Administración y el plan trienal de acción.

¿Quiénes quedan excluidos?
No podrán adherir las entidades que registren multas firmes por incumplimientos en la presentación de estados contables mientras dichas sanciones y sus costas permanezcan impagas.

Un régimen que continúa facilitando la regularización
La moratoria fue creada en 2025 con el objetivo de permitir que las entidades regularizaran la presentación de hasta diez ejercicios anuales adeudados mediante el pago de un único formulario, independientemente de la cantidad de balances pendientes.

Con esta nueva prórroga, la IGJ no solo extiende el plazo de adhesión, sino que también incorpora los ejercicios más recientes y avanza en la digitalización del procedimiento.

Vigencia
La Resolución General IGJ 6/2026 entra en vigencia el 1 de julio de 2026.
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