Fondo de Asistencia Laboral: el BCRA habilitó inversiones de entidades financieras y estableció nuevas condiciones
Publicado el 14 de octubre de 2026
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) introdujo modificaciones regulatorias vinculadas al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). La Comunicación “A” 8490/2026, emitida el 8 de octubre y publicada en el Boletín Oficial el 14 de octubre de 2026, establece condiciones para las inversiones de las entidades financieras en instrumentos utilizados para canalizar estos fondos.
La medida se enmarca en la Ley 27.802 y modifica disposiciones de los textos ordenados sobre Política de Crédito, Capitales Mínimos y Distribución de Resultados.
¿Qué establece la nueva normativa?
1. Las entidades financieras podrán invertir en instrumentos vinculados al FAL
El BCRA autoriza a las entidades financieras a ser titulares de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión (FCI) autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) que instrumenten los Fondos de Asistencia Laboral. Además, las inversiones en esas cuotapartes y en certificados de participación de fideicomisos financieros comprendidos en el régimen quedan exceptuadas de la prohibición prevista en el punto 1.4.2 del texto ordenado sobre Política de Crédito.
2. Las inversiones tendrán un tratamiento específico en materia de capital
La normativa dispone que el saldo de las inversiones de las entidades financieras en estos instrumentos se deduzca directamente del Capital Ordinario de Nivel Uno (COn1). Este tratamiento incide en el cómputo del capital regulatorio de las entidades y debe considerarse al evaluar el efecto de estas inversiones sobre sus indicadores de solvencia.
3. Los resultados generados tendrán restricciones para su distribución
Los resultados acumulados por estas tenencias no podrán integrar el saldo distribuible de las entidades financieras, descontando la parte efectivamente aplicada a los fines previstos por el régimen del FAL. De este modo, la regulación establece un tratamiento específico no solo para la tenencia de los instrumentos, sino también para sus efectos patrimoniales y contables.
¿Tenés dudas sobre cómo impacta el FAL en tu empresa?
Te ayudamos a planificar los aportes, revisar las altas registrales y comprender el alcance de la Ley de Modernización Laboral.
¿Qué implica para las empresas y los empleadores?
La comunicación se concentra en el marco regulatorio de las entidades financieras que invierten en instrumentos vinculados al FAL. No debe interpretarse como una modificación automática de las obligaciones de los empleadores.
Para las empresas, resulta importante distinguir entre las normas que regulan la instrumentación financiera del fondo y aquellas que establecen los aportes, las condiciones de acceso y el funcionamiento del régimen laboral. La correcta interpretación de cada disposición permite identificar qué cambios tienen efectos directos sobre la gestión empresarial y cuáles corresponden al funcionamiento del sistema financiero.
Asesoramiento laboral e impositivo para tu empresa
Te bonificamos la 1° consulta. Respondemos en menos de 24 horas hábiles (de lunes a viernes).